La negritud de Juliana ¿un obstáculo para considerarla dominicana? La Joven Virginia Perdomo reflexiona…

Virginia Perdomo Cordero es publicista de profesión. Con 10 años de experiencia en el área de comunicación, ha trabajado en agencias publicitarias y como cliente. Primera dominicana en ganar medalla de oro en la competencia Young Lions Marketers 2010 en el marco del Festival Internacional de Creatividad Cannes Lions, en Cannes, Francia. Twitter: @vmpc2

Virginia Perdomo Cordero es publicista de profesión. Con 10 años de experiencia en el área de comunicación, ha trabajado en agencias publicitarias y como cliente. Primera dominicana en ganar medalla de oro en la competencia Young Lions Marketers 2010 en el marco del Festival Internacional de Creatividad Cannes Lions, en Cannes, Francia.                 Twitter: @vmpc2

Escrito por Virginia Perdomo │ Publicado por 7dias.com.do

Aprovechando la Feria del Libro del 2005, el colectivo La Vaina, al cual pertenecí durante un breve espacio de tiempo, lanzó “el Matatáin”. Esta publicación tipo matatiempos expresaba, a través de juegos aparentemente inocentes, inquietudes y fuertes críticas sociales de manera muy mordaz.

Uno de los juegos de este número sigue siendo relevante hoy en día. Era una imagen para colorear con números. El truco estaba en que los colores a usar eran los diferentes tonos de piel inventados en nuestro país para evitar el “negro”: blanco, rubio, deteñío, jojote, jabao, indio, indiecito claro, morenito, morenito lavaíto, moreno oscuro…

Casi diez años más tarde, y a propósito de la lucha de la descendiente de haitianos Juliana Deguis por recuperar su nacionalidad dominicana, leer los comentarios en redes sociales y los diferentes periódicos digitales podía derramar la bilis a cualquiera. Pareciera  que el único “argumento” a mano contra Deguis es que ella no puede ser dominicana por ser negra. Como si la mayoría de los dominicanos fuéramos de ascendencia caucásica.

Si nos fijamos en la publicidad local, siguen predominando los modelos de tez clara, sobre todo si se quiere retratar a individuos exitosos, situaciones aspiracionales y personas físicamente atractivas.Asociamos ser blanco con poder. Sin embargo, nuestra composición racial está formada por un 84% de personas mestizas o negras, según datos encontrados, a falta de fuentes locales, en el CIA Factbook.

No obstante, en los últimos años notamos mayor apertura a nuestra diversidad racial en la comunicación. Algunos pudieran clasificarla de tendencia superficial, pero es un cambio que no puede negarse. Y aunque nuestras revistas sociales sigan enfocándose en unos pocos,uno de los abanderados en este giro del timón es la cuenta de Twitter de la Presidencia, donde se hace un esfuerzo consciente por publicar fotos que retratan la hermosa mezcla del dominicano.

Esta tendencia se refleja también en campañas comerciales de todos los sectores, desde tiendas por departamentos, bancos, productos de belleza, bebidas alcohólicas y refrescantes, supermercados y demás. Ya es más común encontrar modelos y personas en los medios de comunicación con cabelleras naturales y características predominantemente negras.

La publicidad tiene una relación dual con la sociedad: es a la vez un reflejo de cómo la sociedad se percibe a sí misma y un influyente que ratifica relaciones de poder y estereotipos. Precisamente porque es un espejo, las empresas deberían (lo que no significa que lo hagan) mantenerse constantemente alertas de estos cambios e implementándolos en su comunicación.

Los productos y servicios que usan un abanico racial diverso permiten a sus consumidores sentirse integrados y crear conexiones emocionales positivas con sus marcas. Esto puede traducirse en una mejora del Top of Mind y aumento de la intención de compra. Por supuesto, esta afirmación dependerá del mercado objetivo y del nicho de mercado al que está dirigido.

Algo han influido en esta incipiente transformación las redes sociales, que han servido de canal de denuncia contra la negación institucionalizada de nuestra negritud, como fueron los casos de varias mujeres a las que no les permitieron tomarse la foto de su cédula con su pelo afro. Otro indicio es la proliferación de blogs especializados dirigido a personas de pelo crespo como Go Natural Caribe y Miss Rizos.

Quizá pecando de optimista, siento que algo va cambiando y los dominicanos nos vamos sintiendo más orgullosos de lo que somos: un crisol caribeño en el mismo trayecto del sol. Que llegue el día en que celebraremos nuestra diversidad en todos los ámbitos y niveles socioeconómicos está por verse.

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8 comentarios sobre “La negritud de Juliana ¿un obstáculo para considerarla dominicana? La Joven Virginia Perdomo reflexiona…

  1. Virginia Perdomo Cordero:
    Cuan equivocada estás, se le critica que ella vaya a denunciar a una patria que le dio las posibilidades que su patria de origen le negó.
    Su patria de origen de acuerdo a la constitución, a los acuerdos migratorios años 1939 llamado «Modus Operandi» y el acuerdo Migratorio año 1966. Lo que me gustaría que leyeras. ¿Realmente lo has leído?
    Su patria de origen le negó actas de nacimiento, vacunaciones, consultas médicas, hospitalizaciones, medicamentos, educación primaria, secundaria, bultos, mochilas, cuadernos, mascotas, lápices, bolígrafos. Desayuno y almuerzo escolar. Uniformes.
    Bono gas, bono luz, bono transporte. Todos los bonos habidos y por haber. Estas conquistas son gratuitas. Pudo tener cuatro hijos, recordando un viejo spot político, se ven sus hijos bien gordos y coloraos. Sabemos que las cifras de morbi-mortalidad en la patria de origen son alarmantes y el grado de supervivencia de un menor a 5 años son catastróficas.
    Su patria de origen le negó agua potable, electricidad y medios para su esparcimiento físico , espiritual, recreativos.
    Por que personas con las mismas características que tiene la joven Deguis Pierre se le está deportando en los Estados Unidos, por el 1 Presidente Mulato. Han rebasado todas las cuotas, superando al ultra conservador George W. Bush.
    Quieren trasplantar la constitución de los Estados Unidos a la Rep Dominicana. ¿Sabías Virginia que si tú tienes un hijo en Haití estando legal no tienes derecho a la nacionalidad haitiana?
    El querer introducir elementos del pelo afro, la negritud me parece poco ético de tu parte, pues la familia dominicana se caracteriza por tener desde unosprimos negros azabaches, pasando por el mulato -mal llamado indio- y llegando al rubio desteñío. Un país que tiene a mucha honra dentro de sus genes los aborígenes de sur América taínos, siboneyes y caribes, los ibéricos y los africanos. Los enumero por orden de llegada a la isla de santo Domingo, Babeque , Quisqueya, Bohío o Haití.
    En Dominicana jamás ha habido guerra racial interna ni matanzas de un color de piel sobre sobre otro menos oscuro, como ha sucedido en el país occidental.
    Te puedo dar las citas bibliográficas.
    Virginia sigas ganado premios de publicidad, marketing. Me despido diciéndote
    Conoce a tu pueblo, siente a tu pueblo. Un pueblo que se quita el plato de comida para dárselo al vecino más desafortunado.
    Pero que se asombra cuando ve la ingratitud, la codicia, prepotencia y la maldad.
    Dejo mi facebook, no sé si me van a bloquear, escribo puntos de vista de la DOMINICANIDAD, también te entrego mi correo: veaney_arteaga@hotmail.com y el twitter @veaney_arteaga

  2. juliojarmas dice:

    Ah, bien, pero si es que según descubren sus apellidos, es hija de Margarita Cordero. Así hasta yo fuera así de inteligente y valiente.

  3. Laura dice:

    Veanny, la patria de origen de Juliana es República Dominicana, si bien sus padres inmigrantes proceden de otro país. Igual pasa con miles de norteamericanos o españoles, hijos de dominicanos indocumentados. La Constitución Dominicana la ampara y la amparará siempre, pues ella nació antes de la reforma del 26 de enero de 2010. Hablas de los derechos fundamentales como favores que los ciudadanos/as deben agradecer, es una perspectiva errada, clientelista. Es terrible que a los obstáculos que deben enfrentar los jóvenes de bateyeros, la pobreza, la desigualdad, la falta de oportunidades, se cargue ahora la duda de su dominicanidad a partir del origen o situación migratoria de los padres. La sentencia 168-13 es un frankeintein, armado para legitimar el desprecio que siente un sector ultraderechista hacia trabajadores inmigrantes, a quienes, luego de 30 o 40 años de esfuerzo en una industria que fue el motor económico del país por muchos años, se le quiere considerar como extranjeros en «transito», todo para negar el acceso a documentos de identidad a sus hijos. El tema es el único recurso que tiene para mantenerse en el poder este sector, pretendiendo defender una patria que entregan al mejor postor en otros casos, como pasa en Loma Miranda, cuyo debate ha sido sacado de la agenda para seguir hablando de campañas y componendas internacionales, como si el tiempo no pasara, como si los dominicanos no los conociéramos y recordáramos su funesta participación en otros hechos. De igual manera este grupo ayudó a eliminar a un generación de dominicanos líderes, disidentes, con la misma excusa, jóvenes como Amín Abel o Amaurys Germán, por no extenderme citando los cientos de muertos y desparecidos. No es cierto que jóvenes con las mismas características que Juliana estén siendo deportados de EU, Juliana fue declarada, tiene su acta de nacimiento, en una nación de derechos la ocurrencia de dos funcionarios de turno, el de la JCE y Migración, no puede quitarte lo que te corresponde, es una falacia total. No entiendo para qué analizamos la constitución haitiana, si la nuestra es bastante clara y aunque en el 2010 fue modificada, aún así aseguró la nacionalidad a todos los que hasta el momento gozaban de ella, la preservó. La sentencia del TC es racista, una violación burda cuyos efectos trasciende la población afectada y crea terribles precedentes. La ley 169-14 viene a resarcir el daño, si bien este sector logró que no respetará el espíritu garantista de derechos adquiridos que si tiene nuestra constitución. Me alegro que jóvenes como Virginia abran los ojos a esa realidad y conecten los puntos. Recordaremos que este tipo de manipulación, hecha por el mismo grupo que hoy la encabeza, evitó que a un candidato dominicano negro se le entregara la presidencia que de forma legitima ganó. Pero hoy no es ayer, lo que en otros tiempos hubiera sido tarea fácil hoy es un tema de debate nacional, es parte de la agenda de poder. Que bueno que los jóvenes bateyeros se levantan y alzan las voz, aquí, en España, en Holanda, donde sea, los derechos no se mendigan, no son favores, se reclaman. Y en la medida que tengamos ciudadanos/as empoderados esta sociedad tendrá la capacidad de combatir la injusticia, la corrupción, la ignorancia, la discriminación. Eso es sentir el pueblo, no permitir abusos, atropellos, defender lo correcto. Otro punto los colonizadores españoles no vinieron de paseo a mezclase con los taínos y ciguayos, muy hermoso el cuadro que pintas pero no se corresponde a la verdad, los africanos no llegaron buscando nuevos horizontes, llegaron como esclavos y encontraron a los habitantes originales de la isla esclavizados. Y desde ahí inicia tu confusión, llegar a donde estamos, a que un ser humano sea valorado, libre, que pueda disfrutar de una vida digna, sin importar su color de piel, religión, situación económica e incluso el origen de sus padres ha costado mucho dolor, mucha sangre. Conoce tu pueblo, siéntelo, hay una historia de lucha y resistencia amplia. El desprecio no construye nada, el amor lo puede todo.

  4. Laura:

    Las medias verdades son mentiras completas, me quieres mezclar sentimentalismo, el clásico «wishfull thinking», tolerancia y muchas otras psuedo filosofías de la hermandad, la teoría hipppy del peace and love.
    De inicio, es un milagro que no me han borrado, conociéndolos, pues sólo permiten escritos que les favorezcan.
    Te escribo con bases contundentes, sólidas, veas algunos ejemplos:
    1.- Ordena Obama abrir más centros de detención y acelerar deportaciones 21 de junio de 2014
    http://www.jornada.unam.mx/2014/06/21/politica/004n1pol

    2.- Niños piden a Obama cesar deportaciones de sus padres 8 sept 2014
    http://www.eluniversal.com.mx/el-mundo/2014/ninios-piden-obama-cesar-deportaciones-padres-1036664.html

    3.-Critica New York Times política de deportaciones de Obama 7 Abril 2014
    http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/04/07/critica-nyt-politica-de-deportaciones-de-obama-9678.html

    4.-More Immigrants are being “Removed” from the United States than Ever Before
    Despite some highly public claims to the contrary, there has been no waning of immigration enforcement in the United States. In fact, the U.S. deportation machine has grown larger in recent years, indiscriminately consuming criminals and non-criminals alike, be they unauthorized immigrants or long-time legal permanent residents (LPRs). Deportations under the Obama administration alone are now approaching the two-million mark
    http://www.immigrationpolicy.org/just-facts/growth-us-deportation-machine

    Quiero hacer énfasis en esta cifra: Deportations under the Obama administration alone are now approaching the two-million mark.

    Roots in the United States
    Many of the immigrants now being deported are long-term legal permanent residents of the United States who have run afoul of the 1996 laws. Yet even many of the unauthorized immigrants being deported have strong ties to the United States, such as U.S.-citizen family members (especially U.S.-born children), not to mention jobs and homes in the United States.
    http://www.immigrationpolicy.org/just-facts/growth-us-deportation-machine

    La nación más poderosa del mundo no se anda con medias tintas ni con filosofías de peace and love.
    Se rige simplemente bajo el régimen de la ley.

    Los padres de Juliana Deguis Pierre no han querido decir a cuál emporio azucarero vinieron. O vinieron en calidad de «libres migrantes» o en buen dominicano a «buscárselas en lo que sea».
    Si vinieron bajo un contrato azucarero, estaban bajo la sombrilla legal de los acuerdos migratorios de los años 1939, 1966. En los cuales, aunque las leyes RD los amparaba ante cualquier calamidad laboral, todos sus actos sociales tenían que estar regido por el consulado o embajada de su país de origen:
    Deberán poseer su documentación actas de nacimiento, cédulas, pasaportes, matrimonios, nacimientos, fallecimientos. De su país de origen, por tanto Juliana nunca fue apátrida, ella nació haitiana en territorio dominicano. Alegar que se desconoce Haití o que nunca han ido o no hablar el idioma es etéreo, irrelevante y no tiene ningún asidero jurídico.
    El candidato a la presidencia por los Estados Unidos y actual senador por el estado de Arizona John McCain nació en Panamá. Nadie dudó ni puso en cuestionamientos su ciudadanía.
    http://es.wikipedia.org/wiki/John_McCain

    Mientras estén en República Dominicana son «Trabajadores Migrantes Temporeros» no son «Permanentes» pues viene a trabajar por períodos y deben regresar a su país natal. Registrar en los libros de su consulado/embajada cualquier acontecimiento: matrimonios, nacimientos de hijos, etc, etc.

    Modus Opendi Migratorio entre RD – Haití 1939

    http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2012/8881.pdf?view=1

    http://www.bibliotecajb.org/Portals/0/docs/dinternacional/27.pdf

    Contratación en Haití del Jornalero Temporero 1966 – véase inciso «a » y «g»

    http://www.bibliotecajb.org/Portals/0/docs/Tlaborales/32.pdf

    Quiero que te enfoques en el artículo 5:
    «…la esposa deberá estar provista de los mismos documentos que consorte y en ellos se hará mención de los nombres, edad y sexo, de los niños.»
    En consonancia con el Artículo 1 A que ordena al trabajador migrante temporal a tener sus documentos de su país de origen.

    Quieres mezclar a naranjas con tractores e inútilmente quieres unir a los migrantes españoles con los haitianos.
    Los españoles vinieron en calidad de migrantes, con sus pasaportes y cumplieron con las leyes migratorias.
    Pepín Corripio se confiesa: Habla de sus éxitos económicos

    1.-http://encarpeta.net/noticia.php?id_noticia=9217&sesion_periodico=48
    2.-http://elnacional.com.do/designan-calle-en-honor-manuel-corripio-garcia/

    O a los migrantes «Cocolos» con los haitianos
    1.-http://www.jmarcano.com/mipais/cultura/cocolo.html
    2.-http://www.jmarcano.com/mipais/cultura/cocolo2.html

    «La Constitución Dominicana la ampara y la amparará siempre, pues ella nació antes de la reforma del 26 de enero de 2010» es tu escrito Laura. Por favor leas lo que escribo a continuación:

    Ella nació bajo los acuerdos migratorios vigentes entre dos estados soberanos. Acuerdo migratorio llamado «Modus Operandi» del año 1939 y el «Acuerdo para la contratación para el Trabajador Temporero» del año 1966.

    Todas las constituciones dominicanas, desde su inicio hasta la fecha, incluida la reforma del año 2010 que mencionas jamás le han dado la nacionalidad al migrante temporero en condición migratoria temporal,en tránsito. Y mucho menos en ilegalidad

    Laura explícame:
    ¿Cómo una persona que viene con un contrato de trabajador migrante temporal al tener sus hijos en territorio dominicano debe ir a su consulado/embajada a declararlo para adquirir sus actas de nacimiento, cumpliendo con las leyes, acuerdos y constituciones vigentes? O ¿Deberá ir a las oficinas dominicanas?
    Y si estando ilegal ¿Podrá adquirir una nacionalidad dominicana?

    Nunca una condición de ilegalidad podrá generar legalidad.

    Ignorantia juris non excusat
    Es un principio de Derecho que indica que el desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa.

    Finalizo, diciéndote de los casos de malos dominicanos, que por codicia personales y con fines electoreros sobornaron a oficiales del registro civil para asentar en sus libros a extranjeros. Con fines de «abultar» en sus partidos políticos. Es de todos conocidos y si eres hija de una periodista,ella te podrá hablar de esta mala práctica.

    O de los casos de sacerdotes extranjeros por ejemplo el jesuita haitiano que fue a declarar a 90 niños en la ciudad de Mao.
    O el Sacerdote Belga que declaró como hijos suyos y dominicanos a dos niños haitianos, ¿Por qué no los declaró belgas? ¿Un sacerdote católico declarando hijos?

    Un dominicano auténtico jamás va a mentir, denostar, insultar ni va a hablar mal de su PATRIA en su territorio ni mucho menos en playas extranjeras.

    Un abrazo a Virginia y a tí Laura.

    Post data

    Artículo 20. Derecho a la Nacionalidad

    1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

    2. Toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra.

    3. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.

    Incisos 1 y 2 Favor de explicarme, Juliana tiene derecho a su nacionalidad haitiana.

    Esto es de la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
    Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la
    Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos.

    No es racismo, es cumplir la ley estimadas Laura y Virginia. En un régimen de derecho todos somos iguales, todos estamos bajo la sombrilla de una constitución, no bajo los intereses de gobiernos foráneos, ONG’s o caprichos personales de «intelectuales laureados».

  5. HAITIAN NATIONALITY – CONSTITUTION OF 1987
    Vigente

    ARTICLE 10: The regulations governing Haitian nationality shall be determined by law.

    ARTICLE 11: Any person born of a Haitian father or Haitian mother who are themselves native-born Haitians and have never renounced their nationality possesses Haitian nationality at the time of birth.

    Cualquier persona nacido de un padre haitiano o de una madre haitiana que a su vez son haitianos por nacimiento y que nunca han renunciado a sus nacionalidad posee la nacionalidad haitiana en el momento del nacimiento.

    Juliana Deguis Pierre nunca ha sido apátrida, ni ella ni los que están en su misma categoría.

    ARTICLE 12-1: After five years of continuous residence in the territory of the Republic, any foreigner may obtain Haitian nationality by naturalization, in conformity with the regulations established by law.

    ARTICLE 12-2: Haitians by naturalization shall be allowed to exercise the right to vote but they must wait five(5) years after the date of their naturalization to be eligible to hold public posts other than those reserved by the Constitution and by law for native-born Haitians.

    http://www.constitution.org/cons/haiti.htm

    Los naturalizados haitianos deberán esperar 5 años para poder optar para un cargo de elección. En RD es inmediato la posibilidad, cero espera.

    Racismo Occidental o explícame cómo se llama esto.

  6. Laura dice:

    Primero, mi nombre es Laura Rosario, no soy hija de periodistas, ni la autora de este articulo (espero que hayas notado que se llamar Virginia). Efectivamente, las medias verdades son mentiras y tus postulados se basan en la extracción a conveniencia, en la interpretación de las leyes, tal como hizo el TC con la sentencia, un medalaganario viaje en el tiempo, tratando e conferir un armazón legal a las violaciones de derechos fundamentales que desde el año 94 se hacían administrativamente. Solo que el traje quedo tan mal hecho que tenemos casi un año dando explicaciones y tratando de enmendarlo. Hablas de los hijos de inmigrantes indocumentados nacidos en el país y acreditados como dominicanos por una autoridad competente, como si se tratara de migrantes. Ninguna de los casos abordados en los enlaces que compartes se equiparan con el de Juliana, en EU jamás se le retiraría a un ciudadano el acceso a sus documentos luego de 20 o 30 años de hacer realizado todo tipo de actos de la vida civil, que es lo que pasa con Juliana. Luego, pretendes abordar un tema dominicano interpretando antojadizamente la constitución haitiana, por favor!! Vuelvo y coloco el articulo 11 que citas para que interpretes el todo y no las primeras líneas: «Posee la nacionalidad haitiana de origen, todo individuo nacido de un padre o una madre haitiana quienes nacieron haitianos y no hayan renunciado nunca a su nacionalidad al momento del nacimiento”». Qué quiere decir eso? Que todo hijo de haitiano acreditado como nacional de otro país primero, no puede ser haitiano. Cuando no se nace en Haiti, existe un procedimiento para conferir la nacionalidad a descendientes que incluye demostrar arraigo y lazos, además de los sanguinios. Hasta el 2012 en Haití no se admitía la doble nacionalidad, a partir de ese año y en adelante los haitianos y sus descendientes pueden gozar su nacionalidad de origen y obtener la del país receptor, en el caso de los ciudadanos haitianos que se naturalizan y con más razón los descendientes que por nacimiento les corresponde. Pregunto por qué a un persona que nació bajo un régimen legal que le otorgaba su nacionalidad por nacimiento, se le pretende obligar de golpe y porrazo a cambiar lo que le corresponde, solo porque sus padres son extranjeros. Ahora bien, este es un tema de dominicanos, entre dominicanos, que se manipula y quiere llevar a territorio haitiano (que no al chino o al español) porque exaltar prejuicios y el ruin patrioterismo irracional tiene un alto capital político, es un mensaje simple, básico, en el que además se descarga la impotencia de otros temas de mayor trascendencia, distrae, emboba. El tema no solo tiene aristas legales, de ahí que la salida convenida se haya planteado desde otra perspectiva, en lo que a mi respecta incorrecta, porque violenta el Estado de Derecho, lesiona a un colectivo vulnerable, desdice la constitución. Es humano, es social, es político, es económico. De aplicarse la sentencia en provincias como Monte Plata, San Pedro de Macorís o El Seibo qué porcentaje de la población pasaría a ser extranjera (estamos hablando de miles de personas). Sabes cuantos militares y policías activos tienen problemas con sus documentos. Sabes cuantos regidores, síndicos y disputados están afectados. Sería muy largo tener que explicar que el proceso de registro e inscripción en el libro de naturalización, una aberración que no entiendo como fue aceptada por las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con afectados, es una transacción, una salida negociada al conflicto generado por la sentencia 168-13 en el que ambas partes ceden y pierden espacio. Claro que muchos ciudadanos/as tan acostumbrados a la violación de derechos, siguen entiendendo las reinvidicaciones como regalos. Este no es un proceso ordinario, a esa población se le ha arrebatado más de que a medias se intenta resarcir. Vuelvo y aplaudo a la joven escritora del articulo, porque su patriotismo no tiene la venda de la dictadura, asi espero que mi patriotismo y el de mis dos hijos tenga la estatura de aquel humanista, al que se seguro en su momento acusaron de traidor por «descreditarnos» en Venezuela. Y me alegra que discutamos sobre la base de los argumentos. Ya hemos ganados, repito este tema antes tan negado, hoy hace que jóvenes con diferentes puntos de vista debatan, cuestionen y se cuestionen.

  7. Laura Rosario

    Sé que son dos personas, distintas, pero equivocadas, llenas de altruismo. Desconociendo las bases legales. No han podido responder a una sola pregunta.
    No has podido responder una sola de mis cuestionamientos legales.
    ¿Porqué a los nacidos de padres en situación migratoria legal en Haití no se les otorgar nacionalidad haitiana y deben los extranjeros ir a su consulado?
    ¿Que tiene Haití que sólo ha nacionalizado a tres extranjeros en toda su historia, entiéndase desde 1804 hasta la fecha?
    Escribes: » Hablas de los hijos de inmigrantes indocumentados nacidos en el país y acreditados como dominicanos por una autoridad competente, como si se tratara de migrantes…»
    Ya es un avance, reconoces que son inmigrantes indocumentados.
    ¿Estas personas vinieron con un contrato laboral? Entonces estarían bajo los criterios de las leyes arribas mencionadas en mi escritos ley Modus Operandi año 1939 y Ley del Trabajador Migrante Temporero año 1966.
    ¿Vinieron por su cuenta? ¿Sin ningún contrato?. ¿Debe el estado RD otorgar la nacionalidad a sus descendientes?
    ¿Fueron inscritos en los registros civiles a la cañona? Sobornos, a través de los partidos políticos….
    En una medida magnánima, humanitaria, el Tribunal Constitucional, haciendo uso de sus facultades legales, légitimas que les fueron dadas por el Honorable Congreso de la República, ha emitido una sentencia jurídica para que 14 mil personas en esta situación, les sea otorgada la nacionalidad por naturalización, como lo tiene Juliana Deguis Pierre. Que casualmente ha dicho que no es la que ella quiere.
    Una ilegalidad puede generar legalidad? En ninguna jurisprudencia del mudo se admite este axioma.
    La constitución Dominicana es muy diáfana en los procedimientos de otorgar la nacionalidad. Los hijos de ilegales NO adquieren a nacionalidad. Sólo los residentes permanentes.
    Es triste y muy lamentable que buenos dominicanos sean utilizados como «Cabezas de turcos» y explotan su buena fé y sentimentalismo.
    No me extrañaría que ahorita los grupos de periodistas pro haitianos aboguen por un nueva causa:
    Otorgar identidad a los haitianos que «residen» en República Dominicana» por 40 y 50 años y que » jamás regresaron» a su tierra natal.
    1.-Cañeros exigen en protesta documentación gratuita a gobierno haitiano
    http://hoy.com.do/caneros-exigen-en-protesta-documentacion-gratuita-a-gobierno-haitiano/
    2.-Cañeros haitianos demandan entrega gratuita de documentos
    http://www.diariolibre.com/noticias/2014/08/21/i754551_caeros-haitianos-demandan-entrega-gratuita-documentos.html
    El gobierno haitiano se hace de la vista gorda, evade su responsabilidad para crearle un conflicto a la R. Dominicana. Les espera la sorpresa de que serán repatriados. No importa de que tengan décadas viviendo en RD.

    Los Estados Unidos de Norteamérica, no tiene contemplaciones para deportar a personas con «arraigo» en su territorio. Son capaces de separar a los hijos de sus padres.
    Nos quieren imponer la Ley de que todo nacido allá, es ciudadano automáticamente.
    Pero NO NO NO NO lo quieren aplicar en Haití. No se aplica esta ley en la Unión Europea, ni en China, Asia, Australia,Nueva Zelanda. Apenas lo hace 3 a 5 naciones del mundo, aproximadamente.

    Roots in the United States

    Many of the immigrants now being deported are long-term legal permanent residents of the United States who have run afoul of the 1996 laws. Yet even many of the unauthorized immigrants being deported have strong ties to the United States, such as U.S.-citizen family members (especially U.S.-born children), not to mention jobs and homes in the United States. Families containing a member who is an unauthorized immigrant live in constant fear of separation. And the burden of deportation is shouldered disproportionately by children. According to estimates from the Pew Hispanic Center, there are 4 million U.S.-born children in the United States with at least one parent who is an unauthorized immigrant, plus 1.1 million children who are themselves unauthorized immigrants and have unauthorized-immigrant parents. Moreover, DHS estimates that nearly three-fifths of unauthorized immigrants have lived in the United States for more than a decade. In other words, most of these people are not single young men, recently arrived, who have no connection to U.S. society. These are men, women, and children who are already part of U.S. society.

    Cita:http://www.immigrationpolicy.org/just-facts/growth-us-deportation-machine.

    Finalizo, repitiiéndote que ningún Dominicano auténtico jamás sentaría a su país en el banquillo de los acusados, mucho menos la demandaría para satisfacer su ego y poder disfrutar por la vía rápida «Fast Track» obtener riquezas.

    http://www.elcaribe.com.do/2014/05/17/juliana-deguis-seguira-demanda-ante-justicia-interamericana

    Según Rincón, la única posibilidad de avenimiento es que el país repare el daño causado, no sólo reconociendo como dominicanos a Deguis y demás reclamantes, sino pagándoles una indemnización.

    Qué diferencia con nuestro Juan Pablo Duarte y Diez que entregó su fortuna para la causa suprema de la independencia, Francisco del Rosario Sánchez que entregó su vida, Matías Ramón Mella, fallecido en la miseria y de una disentería.
    Los muchachos del 14 de Junio, dejaron sus carreras universitarias, negocios, familias y vinieron a inmolarse contra una déspota dictadura.

  8. Escribes:
    Qué quiere decir eso? Que todo hijo de haitiano acreditado como nacional de otro país primero, no puede ser haitiano.
    Tomo prestado el escrito del abogado Dominicano Juan Manuel Rosario:

    “Todo Estado contratante podrá subordinar la concesión de su nacionalidad según el apartado b del párrafo 1 del presente artículo a una o más de las condiciones siguientes:

    a) Que la solicitud se presente dentro de un período fijado por el Estado contratante, que deberá comenzar a más tardar a la edad de 18 años y que no podrá terminar antes de la edad de 21 años, entendiéndose que el interesado deberá disponer de un plazo de un año, por los menos, para suscribir la solicitud personalmente y sin habilitación; b) Que el interesado haya residido habitualmente en el territorio nacional por un período fijado por el Estado contratante, sin que pueda exigirse una residencia de más de 10 años en total ni que el período inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud exceda de cinco años; c) Que el interesado no haya sido condenado por un delito contra la seguridad nacional ni a una pena de cinco o más años de prisión por un hecho criminal; d) Que el interesado no haya adquirido una nacionalidad al nacer o posteriormente.”
    Convención para Reducir los Casos de Apatridia del año 1961. Artículo 1
    Sobre todo es interesante resaltar que la República Dominicana no ha ratificado la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas del 1954, ni la Convención para Reducir los Casos de Apatridia del 1961, la cual fue firmada el 5 de diciembre de 1961, pero no ratificada por el Estado dominicano.
    Por lo tanto no estamos obligados a cumplirla.

    Porqué entonces se va para Holanda esta señora Juliana Deguis Pierre cuando ella nunca fue una apátrida, teniendo la nacionalidad de sus padres por nacimiento.

    La Constitución haitiana de 1983 en su artículo 11 dice: “Son haitianos por origen: 1) Todas las personas nacidas en Haití de padre haitiano o madre haitiana; 2) Todas las personas nacidas en el extranjero de padres o madres haitianas; 3) Todas las personas nacidas en Haití de padres extranjeros o, si no es reconocido por su padre, madre extranjera, siempre que descienda de la raza negra.

    La calidad de nacionalidad haitiana, tanto de origen como adquirida, no se puede eliminar el reconocimiento posterior de padre extranjero”

    En tanto que la Constitución haitiana del año 1987 en su artículo 11 establece: “Posee la nacionalidad haitiana todo individuo nacido de padre haitiano o de madre haitiana, los cuales hayan nacido haitianos y no hayan renunciado jamás a su nacionalidad al momento del nacimiento”.
    Como te escribí

    Link:http://www.opiniondigital.com.do/soberania-encuestas-apatridia-rd/

    Aunque la constitución haitiana se aplica en su país,¿Porqué los hijos de los estudiantes haitianos, o haitianos ejerciendo cualquier actividad, residentes legales en Europa, Sur América, etc tiene que ir a declarar a sus hijos en su consulado/embajada?

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