Comunicado Dominican@s por Derecho: Reclamamos la intervención del Presidente de la República y del Congreso Nacional para hacer a la JCE cumplir con la Ley

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 8 de octubre de 2014 │ Santo Domingo, Rep. Dom. La Plataforma Dominican@s por Derecho rechaza categóricamente las recientes acciones  de la Junta Central Electoral, instancia que mantiene su actitud desafiante a los mandatos del Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional,  persistiendo  en la negativa de devolver el acceso a sus documentos de identidad a miles  de dominicanos destinatarios de la Ley 169-14.

La JCE ha dispuesto administrativamente nuevos procedimientos a la auditoría del Registro Civil que lleva a cabo con lentitud, ineficacia y sin definir objetivos claros. El pasado 23 de septiembre, a través de un órgano de comunicación interno, convocó a unas 13 mil  personas a entrevista con sus inspectores, en franca desobediencia al régimen especial planteado en la Ley 169-14, que ordena la acreditación de la nacionalidad dominicana sin agotar ningún trámite administrativo a cargo del beneficiario.

En un interrogatorio a puertas cerradas, al que no se permite la asistencia de defensores legales, los inspectores solicitan pruebas que avalen la nacionalidad de dominicanos ya inscritos en el Registro Civil, con la potestad discrecional de decidir sobre la nulidad de sus actas de nacimiento y enviarles directamente al libro de extranjería sin que antes medie un proceso judicial en el que se respeten las normas del debido proceso.

En la práctica los beneficiarios de la Ley 169-14 siguen confrontando los mismos problemas que antes para realizar actos de la vida civil como obtener copia legalizada de su acta de nacimiento, cédula de identidad y electoral, pasaporte, contraer matrimonio o declarar a sus hijos.

Obstruir de forma tan burda y deliberada la correcta implementación de la Ley 169-14, no tiene otro objetivo que utilizar un tema sensible y de gran interés nacional para distraer a la opinión pública que cuestiona el accionar de la JCE en otros ámbitos como la transparencia en la administración de sus fondos, además de constituirse en sí mismo  en un despilfarro de recursos públicos que pueden ser aprovechados en mejores propósitos. 

En un verdadero Estado de Derecho, no es posible que funcionarios públicos se adjudiquen la facultad de inventarse y aplicar sus propias normas y procedimientos administrativos al margen de las leyes legítimamente emanadas por el Poder Legislativo en representación del pueblo. Al actuar en la forma como lo ha venido haciendo, la JCE no solo viola las disposiciones y los derechos fundamentales restituidos por la Ley 169-14 a los dominicanos y dominicanas de ascendencia haitiana inscritos en el registro civil dominicano, sino que infringe también las normas del Código Civil que disponen que las actas sentadas en los registros del estado civil “se tendrán por fehacientes, mientras no sea declarada su falsedad”.

El ejercicio de los derechos fundamentales, como lo es el derecho a la nacionalidad y al reconocimiento de la personalidad jurídica,  sólo puede ser regulado por la ley según lo establece el artículo 74 de la Constitución. De manera que al limitar, restringir y/o suspender por vías de hecho los derechos reconocidos en el Código Civil y restituidos en la Ley 169-14, la JCE incurre de igual forma en franca violación a la Constitución de la República.

En cualquier país civilizado del mundo, que se reconozca a sí mismo como un Estado Social y Democrático de Derecho, resultaría rotundamente inaceptable que el organismo a cargo del registro civil y de la organización de los comicios electorales, pueda de manera arbitraria, deliberada y discrecional privar de su derecho fundamental a elegir y ser elegidos a ciudadanos que ya han votado, son miembros o dirigentes de partidos políticos e incluso podrían ostentar actualmente cargos de elección popular.

Todo lo dicho constituye por parte del Presidente de la JCE la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones, que lo hace susceptible de ser objeto de juicio político por parte del Senado y la Cámara de Diputados en los términos establecidos en los artículos 83.1 y 80.1 de la Carta Magna.

Finalmente, reclamamos la intervención del Presidente de la República en su condición de jefe de Estado y de gobierno, así como de diputados y senadores en su condición de legítimos representantes del pueblo dominicano, para que sometan a la Junta Central Electoral al estricto apego del Estado de Derecho, y en consecuencia, reconozca sin más dilaciones la nacionalidad de los hijos e hijas de extranjeros inscritos en el registro civil y nacidos en el país entre 1929 y 2007, sin exigir ningún trámite administrativo a su cargo, tal y como lo ordena en su artículo 2 la Ley 169-14 promovida por el Poder Ejecutivo, aprobada a unanimidad por el Poder Legislativo, y que recibió el beneplácito de los principales organismos internacionales como las Naciones Unidas y la Unión Europea.

 Sobre La Plataforma Dominican@s X Derecho

Dominicanos por Derecho es el grupo de organizaciones y personas que reivindican los derechos de los dominicanos y dominicanas de ascendencia extranjera afectados por la Sentencia 168-13 dictada por el Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.