Jorge Prats y Cristóbal Rodríguez: El TC malinterpretó la Constitución
Escrito por Karina Jiménez. Publicado en El Caribe.
Los abogados Eduardo Jorge Prats y Cristóbal Rodríguez, expertos en temas constitucionalistas, criticaron el fallo 168-13 del Tribunal Constitucional sobre la nacionalidad dominicana.
Entrevistados en el programa “Enfoque Matinal” que se transmite por NCDN, canal 37, Jorge Prats consideró que la Constitución fue mal interpretada por el organismo.
“La crítica más importante que se le puede hacer a este fallo, que verdaderamente es un fallo del Tribunal Constitucional, es la crítica que hace la jurisdicción constitucional especializada de lo que es el derecho fundamental a la nacionalidad. El segundo fallo del fallo es que en lugar de hacer una interpretación más favorable a la persona, en este caso a Juliana Deguis Pierre, la interpretación del tribunal es para perjudicar a esa persona”, consideró Jorque Prats.
El jurista señaló como “tercer fallo” que además de a Juliana perjudicó “ a los que no tenían vela es ese entierro”, que no habían ido al Tribunal, al hacerle extensivo los efectos del amparo, lo que según él, eso no se ha visto en ninguna jurisdicción constitucional ya que los tribunales extienden los beneficios de la decisión.
Por último agregó que el “cuarto fallo” es que el TC desconoce el carácter vinculante de la Constitución a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
“En 2005 la Corte nos dijo a nosotros que el estatus migratorio de los padres no podía implicar despojo a la nacionalidad de los dominicanos”, sostuvo el jurista, que además recordó que meses antes a esta declaración el Constitucional había señalado meses antes que las decisiones de la Corte Interamericana son vinculantes. “La propia ley orgánica del Tribunal Constitucional, en su artículo 7, señala que las decisiones de la Corte Interamericana son vinculantes”, reiteró Prats.
Además, en el panel habló el también abogados constitucionalista Cristóbal Rodríguez, quien consideró que el fallo es “insostenible” desde el punto de vista constitucional ya que a su entender el TTC hizo una lectura “muy errada de la Constitución”.
“Por eso el fallo de la sentencia 168-13 es insostenible en términos absolutos desde el punto de vista constitucional, es una decisión que infringe por lo menos 17 disposiciones constitucionales”, dijo Rodríguez.
Cuestionó de por qué el Estado soberano, después que le concede la nacionalidad a una persona quiera revocársela o despojarla del derecho que le ha sido conferido dijo: “Esa es una de las cuestiones en que incurre en error el Tribunal Constitucional en las consideraciones para arribar a su decisión”.